La Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario reglamentó el mecanismo de devolución de retenciones a los productores trigueros que produzcan hasta 800 toneladas anuales.
Este miércoles se publicó la Resolución 1213/10 en el Boletín Oficial de la ONCCA que dará cumplimiento a lo establecido en la resolución conjunta 57 y 106, del 1º de marzo de 2010, de los Ministerios de Agricultura y de Economía.
Ambas resoluciones ministeriales delegaban el dictado de las normas complementarias que pusieran en funcionamiento el mecanismo compensatorio de devolución de retenciones a los productores de maíz de hasta 1.240 toneladas anuales y a los de trigo, de hasta 800 toneladas al año.
Mediante la resolución 1213/10 la ONCCA reglamenta el mecanismo de devolución correspondiente al trigo, cuya cosecha correspondiente al ciclo 2009/2010 concluyó a comienzos de este año.
De acuerdo a lo establecido por el organismo que preside el contador Juan Manuel Campillo, el monto de la devolución será de 187 pesos por tonelada declarada para la presente campaña.
Ese monto resulta de la diferencia entre los precios FOB y FAS teórico establecidos por la Subsecretaría de Agricultura para el 10 de abril de 2010, menos los costos de “fobbing” promedios de los últimos 10 días hábiles del mes de marzo de 2010.
Para acceder al beneficio, los productores deberán presentar el formulario “Producción trigo/maíz campaña 09/10 DJ – 028”, que podrán descargar del portal web de la ONCCA, www.oncca.gob.ar. Además, deberán reflejar las operaciones por las cuales solicitan la devolución a través de la planilla “Formularios Campaña 09/10”, que podrán descargar del mismo portal.
Toda la documentación deberá ser presentada dentro de los 90 días hábiles siguientes al 1º de marzo de 2010, fecha en la que se publicó la resolución conjunta de los Ministerios de Economía y Agricultura que dio nacimiento al mecanismo de compensación.