El gobierno de Misiones había solicitado a partir del año 2003 a la Nación, la exención de ingreso de divisas para las operaciones realizadas mediante el Régimen Simplificado de Exportaciones en frontera. El sistema que permite hacer exportaciones de montos menores sin la intervención del despachante de Aduana estuvo operativo hasta el año 2002 cuando comenzó a aplicarse la legislación para el ingreso de divisas por exportaciones.
Es una herramienta que facilita la exportación de nuestros productos prescindiendo del despachante de aduanas y de transporte internacional , pero que se vio entorpecida una vez que se exigió el ingreso de divisas que contempla el régimen general de exportaciones.
Teniendo en cuenta el tipo de operaciones que se plantean y con el objeto que nuestras Pymes y comercios puedan obtener mayores beneficios se solicito oportunamente de acuerdo a lo informado en nota anterior se exima a las exportaciones menores del ingreso de las divisas. Misiones pide que las operaciones de hasta dos mil dólares queden exentas del trámite de ingreso.
La implementación de este régimen es de especial importancia para la actividad económica de la Provincia, especialmente para las localidades fronterizas, considerando que la característica principal de esta operatoria es que por lo general se realiza en moneda nacional. Otras razones importantes son que inyecta liquidez al mercado regional y que el gran número de estas pequeñas operaciones son factor dinamizante del intercambio de bienes y servicios.
Quienes participaron de la reunión
El ministro de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración Luis Jacobo junto al jefe de Asesores del Poder Ejecutivo, Enrique Gross y la representante oficinal en Buenos Aires de la provincia de Misiones, Carolina López Forastier, mantuvieron encuentros con el secretario Legal y Técnico de la Presidencia, Carlos Zannini, en primer lugar y posteriormente con la ministra de Industria de la Nación Débora Giorgi. En ambas reuniones se trataron los avances de los trámites para la implementación del Régimen Simplificado de Exportaciones.
Quienes podrían utilizar el Régimen
Todas aquellas empresas que cumplan con los siguientes requisitos:
Poseer C.U.I.T. y condición de Responsable Inscripto en IVA o en el Régimen Simplificado para Pequeños contribuyentes (Monotributo).
Estar inscripto en el Registro de Importador / Exportador de la Dirección General. de Aduanas. Quienes estén ya inscriptos en el régimen general deberán reinscribirse en el régimen específico.
FORM 1228 E, carátula y nota dirigida al Administrador
Beneficios del Régimen
Permite prescindir de despachante de aduana.
No se precisa transporte con habilitación internacional, se puede utilizar transporte propio (hasta 1.500 kg ), evitando así la intervención del agente de transporte aduanero.
Facturar sin impuestos: IVA e Ingresos Brutos.
Operaciones
El comprador debe acreditar residencia en el exterior.
No superar el valor FOB u$s 3.500 por operación y no más de u$s 70.000 por mes.
Mercaderías
Deben ser nuevas, sin uso y de Industria Argentina.
No deben estar afectadas a cupos y prohibiciones.