El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca creó, por resolución 227/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Programa Nacional de Prevención de la Tristeza Bovina, con el objetivo principal de prevenir la enfermedad en el territorio nacional.
La medida dispone que la cartera agropecuaria procederá a la adquisición de los insumos necesarios para la implementación del Programa a través de los procedimientos de contratación vigentes, pudiendo para idénticos fines suscribir convenios con los gobiernos provinciales y/o municipales. También aprueba una asignación inicial de hasta $ 30 millones para la ejecución del mismo el año 2013
Además, instruye al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) a tomar las medidas dentro de sus facultades para cumplir con los objetivos del Programa.
También determina que el Programa aprobado se ejecutará en el ámbito de la Subsecretaria de Ganadería, dependiente de la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Agricultura e invita a los organismos públicos, privados, nacionales y provinciales vinculados a la producción ganadera a la participación de las actividades delineadas en el marco del programa.
En el Anexo, que acompaña a la norma, explica que para alcanzar el objetivo de prevención previsto en el presente Programa es necesario proceder a la vacunación de los bovinos que, conforme prescripción médica, se entiende como población vulnerable. La franja etaria objeto de vacunación se ubica entre los 4 y los 10 meses de edad de los animales bovinos.
Indica, que la vacunación se realizará con la Vacuna Ultra Congelada contra la Tristeza Bovina o con la Hemovacuna fresca, ambas contra el complejo de la tristeza bovina (CTB).
Añade que por razones de logística la implementación del programa se hará dividida en dos grandes Subregiones: – NEA (Provincias de Misiones, Formosa, Corrientes y del Chaco) y – NOA (provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, La Rioja y Santiago Del Estero).
Expresa además, la primera etapa del programa tendrá lugar en esta región NEA. Durante, primer año de implementación del Programa, se vacunarán en promedio de machos y hembras el 35% de las existentes y se estima que en los 3 años subsiguientes se escalará hasta alcanzar la totalidad del rodeo de la franja etaria objetivo.
En tanto, se incorporará al programa región NOA luego de la evaluación de los resultados del primer año de implementación en la región NEA.
El Ministerio de Agricultura, creó el Programa Nacional de Prevención de la Tristeza Bovina, con el objetivo principal de prevenir la enfermedad en el territorio nacional. Durante el primer año de implementación, se vacunarán en promedio de machos y hembras, el 35% del ganado existente.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca creó, por resolución 227/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Programa Nacional de Prevención de la Tristeza Bovina, con el objetivo principal de prevenir la enfermedad en el territorio nacional.
La medida dispone que la cartera agropecuaria procederá a la adquisición de los insumos necesarios para la implementación del Programa a través de los procedimientos de contratación vigentes, pudiendo para idénticos fines suscribir convenios con los gobiernos provinciales y/o municipales. También aprueba una asignación inicial de hasta $ 30 millones para la ejecución del mismo el año 2013
Además, instruye al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) a tomar las medidas dentro de sus facultades para cumplir con los objetivos del Programa.
También determina que el Programa aprobado se ejecutará en el ámbito de la Subsecretaria de Ganadería, dependiente de la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Agricultura e invita a los organismos públicos, privados, nacionales y provinciales vinculados a la producción ganadera a la participación de las actividades delineadas en el marco del programa.
En el Anexo, que acompaña a la norma, explica que para alcanzar el objetivo de prevención previsto en el presente Programa es necesario proceder a la vacunación de los bovinos que, conforme prescripción médica, se entiende como población vulnerable. La franja etaria objeto de vacunación se ubica entre los 4 y los 10 meses de edad de los animales bovinos.
Indica, que la vacunación se realizará con la Vacuna Ultra Congelada contra la Tristeza Bovina o con la Hemovacuna fresca, ambas contra el complejo de la tristeza bovina (CTB).
Añade que por razones de logística la implementación del programa se hará dividida en dos grandes Subregiones: – NEA (Provincias de Misiones, Formosa, Corrientes y del Chaco) y – NOA (provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, La Rioja y Santiago Del Estero).
Expresa además, la primera etapa del programa tendrá lugar en esta región NEA. Durante, primer año de implementación del Programa, se vacunarán en promedio de machos y hembras el 35% de las existentes y se estima que en los 3 años subsiguientes se escalará hasta alcanzar la totalidad del rodeo de la franja etaria objetivo.
En tanto, se incorporará al programa región NOA luego de la evaluación de los resultados del primer año de implementación en la región NEA.