En el esquema normativo argentino la función de contralor del cumplimiento de las disposiciones del Código Alimentario (Ley 18.284) han sido encomendadas a los ministerios de salud pública de cada una de las provincias. Cabe aclarar que dicho Código determina tanto la tipificación de la yerba mate, su composición y condiciones de calidad.
En este marco el INYM, si bien no es el encargado del cumplimiento de tales aspectos, como ente con funciones intrínsecamente relacionadas con la yerba mate, ha considerado necesario facilitar el control la autoridad de aplicación mediante la firma del Convenio con el Ministerio de Salud Pública de
En líneas generales, el convenio que lleva la firma del presidente del INYM, Luis Prietto, y el ministro de Salud de Misiones, Jorge Guccione, establece intensificar “el control del cumplimiento del Código Alimentario Argentino en comercios sobre el producto yerba mate para asegurar la inocuidad de la misma como alimento y para la protección de la salud de los consumidores”, e “inspecciones no programadas correspondientes a actuaciones del INYM”, como por ejemplo evaluar la yerba mate decomisada en infracción.
El mismo documento especifica que el INYM aporta para esa tarea los “vehículos propios y combustible necesario” y “gastos de laboratorio e insumos para el análisis de las muestras que se tomen para control”, entre otros.
En el marco de estas tareas en conjunto, la yerba decomisada en diferentes procedimientos en los puestos de control del INYM (Cuay Grande, sobre