El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) informa que por resolución del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación se fija en $ 0,52 la Tasa de Inspección y Fiscalización que deberá abonarse por cada kilogramo de yerba mate elaborada en todas sus modalidades, envasada nacional e importada, compuesta o no, con destino a ser comercializada en el territorio nacional.
La medida está contemplada en la Resolución 917/2014 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
La Tasa de Inspección y Fiscalización está contemplada en el artículo 21 de la Ley25.564 de creación del INYM, donde se establece la competencia de la ex Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos para determinar el importe de la mencionada tasa de acuerdo al presupuesto que elabore el organismo yerbatero.