Esta definición, si se aprueba el texto, debería incorporase a lo que hoy se entiende por biocombustibles.? El Proyecto presentado por Alex Ziegler obtuvo media sanción.
Estuvieron presentes los renovadores: Alex Ziegler, Stella Maris Leverberg, José Guccione, Silvia Risko y Oscar Redczuk.
Recordemos que la Ley 26.093, que fue sancionada en el 2006, define a los biocombustibles al bioetanol, biodiesel y al biogás. Así lo menciona hoy el articulo 5to de la Ley del Régimen de Promoción de los Biocombustibles.
El texto apunta a dar mayores posibilidades a los productores misioneros para que sean beneficiados por la ley de biocombustibles. De acá se habla del aserrín y de la viruta que se puede aprovechar al máximo cuando se agregue en la ley el nuevo concepto de: Biomasa Forestal.
Proyecto:
ARTICULO 1º.- Modificase el Artículo 5° de la Ley 26.093, cuyo texto quedará redactado de la siguiente forma:
Articulo 5°.- A los fines de la presente ley, se entiende por biocombustibles al bioetanol, biodiesel, biogas y biomasa forestal industrializada que se produzcan a partir de materias primas de origen agropecuario, agroindustrial, forestoindustrial y desechos orgánicos, que cumplan los requisitos de calidad que establezca la autoridad de aplicación.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.