Este organismo, previsto por el inciso 8 de la cláusula transitoria primera de
El Consejo de Crecimiento Económico y Desarrollo Social tendrá la función de órgano asesor y consultor del Sistema Provincial de Planificación.
Como órgano colegiado, estará integrado por el Estado provincial, los municipios, los sectores productivos, académicos y científicos, y las organizaciones civiles afines al objetivo y organizado por regiones, dividido en un Consejo Provincial y Consejos regionales.
El presidente del Consejo de Crecimiento Económico y Desarrollo Social será el Vicegobernador de
Según la normativa, el plenario se reunirá en sesión ordinaria una vez al mes, sin perjuicio de lo cual podrá celebrar sesiones extraordinarias convocadas por su titular o bien a pedido de la mayoría absoluta de sus miembros.
Podrán participar de las deliberaciones con voz pero sin voto el Gobernador de
Por otra parte, el Senado aprobó en la sesión de hoy los pedidos de informe al Tribunal de Cuentas sobre
Asimismo, se declaró de interés legislativo la realización de la “Primera Jornada de Turismo Técnico” y de la “Semana Provincial y Día Nacional de
Fuente: Siete puntas digital