La decisión causo mas de una sorpresa, hasta ayer funcionarios y legisladores provinciales oficialistas aseguraban que el valor de la hoja verde estaría por encima de los 90 centavos y que el subsidio sería de 20 centavos para llegar a la meta del 1,20 por kilogramo.
Desde las entidades de la producción, se mostraron disconformes con el laudo del Ministro Domínguez, expresando que “el productor quiere precio, no subsidio”.
La resolución del Ministerio de agricultura de
Publicado en el Boletín Oficial de
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
YERBA MATE
Resolución 234/2011
Fíjase el precio de la materia prima de yerba mate.
Bs. As., 4/5/2011
VISTO:
El Expediente Nº S01:0153786/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
CONSIDERANDO:
Que mediante
Que
Que el Artículo 4º, inciso r) de la citada ley prevé, entre las funciones del INSTITUTO NACIONAL DE
Que el Artículo 12 del Decreto Nº 1240 del 12 de julio de 2002 establece, como períodos semestrales, a los comprendidos entre los meses de abril a septiembre y de octubre a marzo de cada año.
Que el precio de la materia prima debe resultar de un acuerdo en el INSTITUTO NACIONAL DE
Que tanto el Artículo 4º, inciso r) de la citada Ley Nº 25.564 como el Artículo 18 del mencionado Decreto Nº 1240/2002 determinan que, en caso de no arribarse a un acuerdo en el seno del INSTITUTO NACIONAL DE
Que a los fines de formalizar el laudo referido, se considerará la totalidad de los antecedentes que hayan sido tenidos en cuenta en
Que el INSTITUTO NACIONAL DE
Que en tal sentido constan, entre otras actuaciones, las posiciones sustentadas por los representantes de las Provincias de MISIONES y CORRIENTES y de sectores de la producción, cooperativo, secaderos, industria y trabajadores rurales.
Que en la reunión del INSTITUTO NACIONAL DE
Que mediante el Expediente Nº 026/2011 del INSTITUTO NACIONAL DE
Que
Que
Que el presente acto se dicta en el marco lo dispuesto en los Artículos 4º, inciso r) de
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Art. 1 – Arbítrase en la fijación del precio de la materia prima de yerba mate, fijándose en PESOS NOVECIENTOS ($ 900.-) la tonelada de hoja verde puesta en secadero, y en PESOS TRES MIL TRESCIENTOS ($ 3.300.-) la tonelada de yerba mate canchada puesta en secadero.
Art. 2 – El incumplimiento del resultado del arbitraje establecido por el Art. 1 de la presente resolución, será pasible de las sanciones dispuestas en el Título X de
Art. 3 – La presente resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y hasta el día 30 de septiembre de 2011, inclusive.
Art. 4 – Comuníquese al Instituto Nacional mencionado.