La Resolución conjunta, del Senasa y la Secretaría de Ambiente, establece pautas para el tratamiento de residuos domiciliarios separados en origen.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación firmaron la Resolución Conjunta 1/2019, que establece el marco normativo para la producción, registro y aplicación de compost, material fertilizante compuesto de residuos orgánicos.
La medida es el resultado de la unificación de criterios y el establecimiento de parámetros comunes para la regular la elaboración y empleo de este tipo de abono a partir de residuos orgánicos de origen domiciliario (también denominados residuos sólidos urbanos) o bien generados en la actividad productiva, separados en origen.
De esta forma, a partir de ahora los productos finales se registran en la Dirección de Agroquímicos y Biológicos del Senasa y los controles de uso y aplicación los realizará la autoridad competente que implemente la normativa, asistida técnicamente por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
Es importante mencionar que esta resolución es el producto de un trabajo mancomunado que comenzó en 2016 y contó con la colaboración del Instituto de Microbiología y Zoología Agrícola (IMYZA) del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Centro Ambiente del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), la Dirección Nacional de Gestión Integral de Residuos, la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (Ceamse), el Grupo de Suelos de la Universidad del Comahue y el Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires.
Fuente: SENASA