La Subsecretaria de Mercados Agropecuarios informó que a partir de la vigencia de la Resolución 21 E/2017 del Ministerio de Agroindustria, es obligatoria para el rubro lanero la inscripción al sistema de Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).
Deberán inscribirse las empresas del sector que realicen las actividades de Barraca, Lavadero, Peinaduría, Exportación e Importación.
La vigencia de la inscripción será hasta el 1 de enero de 2018.
Esta modificación se encuentra en el marco del Programa de Transparencia de Mercados llevado adelante por la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios. El mismo tiene como objetivo principal crear un sistema de precios de referencia para el sector. La incorporación de los actores de la actividad lanera será insumo indispensable para dicho objetivo.
Asimismo, ya se ha incorporado una modificación del Documento de tránsito electrónico (DTE), en un trabajo en conjunto entre la Subsecretaría y el SENASA. Esta consiste en la unificación de las unidades de medida para la carga, donde a partir de ahora sólo se aceptará "kilogramos". También, se agregó la diferenciación entre lana sucia "Vellón" / "No Vellón" y lana limpia, con el objeto de una mejor identificación del producto comercializado.
Fuente: Ministerio de agroindustria