24.09.13 Se promulgó ayer la ley que modificó el Impuesto a las Ganancias, que dispone gravar la distribución de dividendos y la compraventa de títulos valores que no cotizan en Bolsa, para compensar la suba del mínimo no imponible en los salarios.
Por Decreto 1472/2013 el Poder Ejecutivo Nacional se promulgó la Ley Nº 26.893 del impuesto a las Ganancias, sancionada por el Congreso Nacional el 12 de septiembre pasado, que grava las actividades financieras que no estaban comprendidas por el impuesto a las Ganancias, para compensar la suba del mínimo no imponible en los salarios.
El decreto de promulgación lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, del Jefe de Gabinete, Juan M. Abal Medina y del ministro de Economía, Hernán G. Lorenzino.
La nueva ley grava con un impuesto de 10% la distribución de dividendos y otro del 15% la compraventa de títulos valores que no cotizan en Bolsa.
Cuando la titularidad corresponda a un sujeto del exterior, y el adquirente también sea una persona física o jurídica extranjera, "el ingreso del impuesto correspondiente estará a cargo del comprador de las acciones, cuotas y participaciones sociales y demás valores que se enajenen", aclara el texto.
Con estas acciones, el Estado busca compensar en forma parcial los menores ingresos por la suba del mínimo no imponible de Ganancias que representan alrededor de 2,5 millones de pesos.