El INYM informa que esta medida se toma ante el planteo de operadores y representantes de sectores involucrados que por distintas razones no han podido presentar en tiempo y forma “las Declaraciones Juradas correspondientes al mes de marzo de 2010 y las sucesivas si correspondiere, a efectos de posibilitar la inscripción de todos aquellos operadores que por distintas cuestiones no pudieron cumplimentarla con fundamento en la complejidad que acarrea a los establecimientos declarantes la entrada en vigencia de la normativa, o bien, cuestiones relacionadas con información o constancias emanadas de distintos organismos”, reza la Resolución 24/2010.