El gobierno de la provincia de Córdoba declaró la emergencia y/o zona de desastre, según corresponda, en el sur provincial afectado por las inundaciones.
El decreto prorroga sin recargos ni intereses hasta el día 12 de agosto de 2010 el pago de las cuotas 01/2010 y 02/2010 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, Fondo Rural para Infraestructura y Gasoductos, Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme Natural y la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, correspondientes al período establecido en el artículo 1ro. a los productores agropecuarios que se encuentren comprendidos en el estado de Emergencia Agropecuaria por anegamiento.
También se exime del pago de las cuotas 01/2010 y 02/2010 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, Fondo Rural para Infraestructura y Gasoductos, Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme Natural y la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, correspondientes al período establecido en el artículo 1ro. a los productores agropecuarios que se encuentren comprendidos en el estado de Desastre Agropecuario por anegamiento de suelos.
“Los productores agropecuarios cuya situación quede comprendida en el presente decreto (0435-059356/10) y se encuentren nominados en los listados que confeccionará el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos (de Córdoba) tendrán acceso a los planes de refinanciación de pasivos y otras líneas crediticias especiales que establezcan los bancos oficiales e instituciones oficiales”, apunta la norma. “El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos (de Córdoba) confeccionará un registro de productores afectados según lo previsto por la Ley N º 7121”, añade.